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El Tribunal Supremo califica de accidente no laboral las lesiones sufridas durante el parto
La Sala de lo Social del TS, en Sentencia 580/20, de 2 de julio, resuelve estimar un Recurso de Casación para la Unificación de Doctrina, declarando que deriva de accidente laboral, y no enfermedad común, la incapacidad permanente absoluta reconocida a la recurrente por las lesiones sufridas durante un parto, consistentes en desgarro obstétrico de IV grado. No se discute por las partes que se produjo un elemento súbito y violento, cual es el desgarro obstétrico sufrido durante las maniobras del parto. La sentencia recurrida entiende que el acontecimiento no puede considerarse externo por no ser ajeno a la propia persona. Mientras que la sentencia de contraste invocada entiende que…