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    La no equiparación entre incapacidad permanente y discapacidad

    Se trata de conceptos distintos no equiparables. En síntesis, la incapacidad permanente mide la capacidad del trabajador para la actividad laboral y la discapacidad la capacidad de la persona para las actividades básicas de la vida diaria.   Ahora bien, hemos tenido en nuestro país una larga tradición de reconocimiento automático de una discapacidad en grado igual o superior al 33% a los beneficiarios de una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, por estar así expresamente previsto en nuestra regulación legal. Primero se reconoció tal equiparación en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en…

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