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Consecuencias de las bajas médicas que anula el INSS

¿En qué casos el INSS puede anular una baja médica?

El INSS puede anular una baja médica por mejoría o curación que permite la reincorporación laboral.

Esto sucede cuando considera que la persona beneficiaria de la prestación de incapacidad temporal no presenta clínica incapacitante que justifique el mantenimiento de su baja y puede trabajar.

medico con paciente

O puede anular una baja médica porque se ha emitido por un organismo que carece de competencia para emitirla.

Me estoy refiriendo a las bajas emitidas por el médico de atención primaria dentro de los 180 días siguientes a un alta médica acordada por resolución del INSS, con o sin valoración de incapacidad permanente, por la misma o similar patología de la anterior.

En este último caso, el organismo competente para decidir la baja es el INSS.

El médico de atención primaria solo tendrá competencia para emitirla si se trata de patología distinta.

Estos son los supuestos de anulación de baja médica más frecuentes que nos encontramos en el despacho en la actualidad.

Consecuencias para el trabajador si el INSS anula una baja médica

Las consecuencias para el trabajador si el INSS anula una baja médica son principalmente dos, que son las siguientes:

  1. El trabajador tendrá obligación de reincorporarse a su puesto de trabajo
  2. La baja médica no tendrá efectos económicos.

Explico este segundo aspecto.

Toda anulación de un acto supone que es como si ese acto no hubiera existido nunca, borrando con ello los efectos que pueda haber desplegado.

Por este motivo algunos clientes nos han comentado que cuando la responsable de pago de la prestación de incapacidad temporal es la mutua les sucede que no inicia el pago hasta que el INSS confirma la baja del médico de atención primaria.

¿Estoy obligado a volver a incorporarme a mi puesto de trabajo?

Sí, estoy obligado a volver a incorporarme a mi puesto de trabajo.

Otra cuestión es que la empresa me pase a vacaciones porque tenga pendientes días de vacaciones devengados durante el periodo de incapacidad temporal que no hayan sido abonados ni disfrutados.

¿Cómo puedo justificar una recaída y pedir una nueva baja?

Puedo pedir una nueva baja al INSS cuando he sufrido una recaída por la misma o similar patología dentro de los 180 días siguientes al alta médica del INSS.

El caso que con más frecuencia nos encontramos para justificar una recaída con reconocimiento de baja por el INSS es el de intervención quirúrgica de la persona beneficiaria de incapacidad temporal.

O bien cuando la persona trabajadora se ha sometido a una prueba de diagnóstico como una resonancia o un electromiograma que evidencia un daño mayor que justifica la clínica incapacitante que refiere y, evidentemente, que no estoy curado.

O ha sufrido un traumatismo que ha venido a agravar su lesión, que puedo citar entre otros ejemplos.

¿Cómo puedo impugnar que el INSS haya anulado mi baja médica?

Puedo impugnar que el INSS haya anulado mi baja médica a través del trámite procesal oportuno.

El alta por inspección médica del INSS anulando la baja del médico de atención primaria será impugnable a través de reclamación previa en el plazo de 11 días hábiles.

Si el alta médica se emite después de haber agotado el año de baja, tras haber pasado a control del INSS y antes de agotar la posible prórroga en su caso, será también impugnable a través de reclamación previa en el plazo de 11 días hábiles,

Si nos encontramos con un alta médica por denegación de incapacidad permanente tras agotar los tiempos de incapacidad temporal, el camino a seguir será distinto.

Si mis lesiones son definitivas y reducen mi capacidad residual para el trabajo en grado suficiente, habiendo agotado las posibilidades de recuperación por parte de la medicina, ya no se impugna el alta sino la denegación de la incapacidad permanente.

¿Por qué necesitas a una abogada experta que te asesore?

Necesitas una abogada experta que te asesore para orientar el camino a seguir.

Tenemos acceso a mucha información a través de internet pero es una información general, no una respuesta a mi caso concreto.

No se trata de elegir una vía, sino de elegir la adecuada a mis circunstancias.

Una vez claro el camino, cada trámite es una oportunidad para obtener el reconocimiento de mi derecho.

Tampoco se trata de agotar trámites desperdiciándolos.

Lo recomendable es aprovecharlos de la mejor forma posible, con un buen planteamiento y fundamentación.

Con ello reduciremos tiempo y costes, que sin duda aumentarán en posteriores fases sin el proceso avanza y que, a lo mejor, nos podríamos haber evitado atajando bien el problema desde un principio.

Por último, necesitas a una abogada experta que te asesore para analizar la viabilidad de tu pretensión, que es el punto de partida antes del inicio de toda acción.