Cobertura por incapacidad permanente o fallecimiento del seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario
Es práctica habitual la firma de un seguro de vida vinculado a un préstamo hipotecario cuando se contrata éste, sin que en aquel momento la entidad financiera suela mostrar mayor interés que la prima y el asegurado mayor interés que el préstamo, al margen de las coberturas.
Esto es así hasta que al cabo de los años se reclama a la aseguradora el pago de la suma prevista en la póliza para caso de muerte o incapacidad permanente del asegurado.
Entonces se rescata el cuestionario de salud firmado hacía tiempo por el asegurado y pasa a ser una cuestión controvertida la cobertura del seguro de vida.
La aseguradora esgrime la liberación del pago de la prestación al amparo del artículo 10 II, último inciso, de la Ley de Contrato de seguro, porque entiende que medió dolo o culpa grave del tomador del seguro al ocultar información en el cuestionario de salud.
El asegurado opone que el deber del tomador se ha cumplido con la respuesta a lo que le ha preguntado el asegurador.
Y ello porque entiende que es este el que debe preguntar al contratante los datos que estime oportunos para la adecuada valoración del riesgo, asumiendo el riesgo de no presentarlo o hacerlo de forma incompleta. Así se refiere en sentencias del TS 72/16, de 17 de febrero, 222/17 de 5 de abril o de 4 de diciembre de 2014.
Para dar respuesta a la cuestión citamos una Sentencia reciente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 1 de julio de 2020, que entendió que la asegurada había incurrido en ocultación dolosa en sus declaraciones del cuestionario de salud.
El contenido del cuestionario era genérico, pues únicamente se le preguntaba si padecía enfermedad alguna, seguía tratamiento médico, había sido sometida a alguna intervención quirúrgica y si consumía o había consumido habitualmente medicación.
Y la respuesta de la asegurada fue negativa.
Por el contrario, la Sala consideró que al tiempo de suscribir la póliza tenía antecedentes clínicos que no podía razonablemente desconocer.
Según resultaba de su historial médico, tenía HTA tratada con cuatro fármacos, hipertrofia ventricular izquierda en insuficiencia tricúspidea, asma bronquial, síndrome ansioso depresivo, había sufrido de cólicos nefríticos y fue intervenida de STC, todo ello antes de firmar el cuestionario.
Lo que supone la desestimación definitiva de la reclamación de cobertura que hace el esposo por el fallecimiento de la asegurada y que, sin embargo, fue primeramente estimada en primera instancia.